Documento de muestra. Es un informe real con los datos de la empresa tapados. Sirve para que veas exactamente qué recibes después del diagnóstico, que no tiene costo ni compromiso.
BIG CONSULTORES
Informe de diagnóstico · F-PRV-001 · Rev. 0
Empresa ████████████
RUT ██.███.███-█ · Construcción · 34 trabajadores
Visita: 6 de agosto de 2026 · Obra ██████

Estado de cumplimiento en seguridad y salud en el trabajo

Levantamiento en terreno y verificación documental contra el D.S. 44/2024, la Ley 16.744, la Ley Karin y los protocolos MINSAL aplicables. Se revisaron 56 ítems con la misma estructura del Formulario Único de Fiscalización que usa la autoridad.

38%
Cumplimiento global
7
Brechas críticas
2,1%
Tasa D.S. 67 vigente

Cumplimiento por bloque

Sistema de gestión D.S. 44
20%
Matriz IPER
45%
Programa de trabajo preventivo
0%
Reglamento interno
55%
Ley Karin
0%
Protocolos MINSAL
33%
Emergencias
70%
Participación y capacitación
41%
EPP y condiciones del lugar
78%
Accidentes y contratistas
37%

Un porcentaje global alto puede esconder un bloque entero en cero. Aquí ocurre en dos: programa de trabajo preventivo y Ley Karin.

Brechas críticas, por prioridad

#Brecha detectadaNormaPlazo
01 Sin protocolo de Ley Karin incorporado al RIOHS. No existe procedimiento de denuncia, ni canal habilitado, ni capacitación registrada. Ley 21.643Inmediato
02 Matriz IPER sin la metodología del ISP. La matriz existe pero usa una tabla propia, sin clasificación GEMA, sin riesgo residual y sin enfoque de género, que es exigencia expresa. D.S. 44 art. 12Inmediato
03 CEAL-SM/SUSESO nunca aplicado. Con 34 trabajadores es obligatorio cada dos años. Res. Ex. 1433Inmediato
04 Sin programa de trabajo preventivo. Es el documento que pide el fiscalizador inmediatamente después de la matriz IPER. D.S. 44 art. 18Inmediato
05 Responsable del sistema de gestión no designado por escrito. Hay alguien que cumple la función en los hechos, pero sin designación formal. D.S. 44 art. 10Inmediato
06 Reglamento de Higiene y Seguridad del art. 67 inexistente. El RIOHS del art. 153 sí está, pero son dos documentos distintos y este no tiene umbral de trabajadores. Ley 16.744 art. 67Inmediato
07 Sin reglamento especial para empresas contratistas. Hay tres contratistas en faena y ninguna verificación documental de su cumplimiento. D.S. 76 art. 4Inmediato
08 Investigación de accidentes sin método de árbol de causas. Los dos accidentes de 2026 se cerraron con un formulario de una carilla. D.S. 44 art. 2730 días
09 IRL / ODI entregada de forma general, no por cargo, y sin firma de recepción en 11 de los 34 trabajadores. D.S. 44 art. 2130 días
10 Simulacro de evacuación no realizado en los últimos 12 meses. D.S. 44 art. 2230 días
Nueve observaciones adicionales de prioridad media y baja en el informe completo, con su plazo y su norma.

Lo que sí está bien

No todo son brechas. Las vías de evacuación están señalizadas y despejadas en los tres frentes visitados, los extintores tienen carga vigente y el registro de entrega de EPP está firmado y al día. El Comité Paritario está constituido y sesionando, aunque le faltan las actas de dos meses.

Y algo que no necesitas contratar. La aplicación del CEAL-SM la puede hacer tu organismo administrador sin costo: está obligado por ley a darte asistencia técnica. Te conviene pedírsela antes de encargárnosla a nosotros.

Lo que esto significa en dinero

Tu cotización adicional está en 2,1%.

El D.S. 67 la revisa cada dos años según tu siniestralidad, y la próxima resolución se dicta en noviembre de 2027. Para acceder a rebaja no basta con no tener accidentes: hay que acreditar el cumplimiento de las medidas preventivas antes del 31 de octubre. Con el estado actual de la documentación, esa acreditación no se puede presentar. Cerrar las siete brechas críticas antes de esa fecha es la diferencia entre mantener la tasa y arriesgar un recargo.

Informe emitido por Big Consultores SpA · RUT 78.438.657-0 · Prevención de riesgos y contabilidad · hernan.gonzalez@bigconsultores.cl · +56 9 4094 8949
Todos los valores de nuestras propuestas están fijados en UF y se convierten a pesos al valor del día de cada factura.
Documento de muestra con los datos de la empresa anonimizados. El informe real se emite tras la visita de diagnóstico y es de propiedad del cliente, contrate o no después.

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