Asumimos la asesoría en seguridad y salud en el trabajo de empresas de Santiago: sistema de gestión SST implementado, documentación auditable y prevencionista en terreno. Cumplimiento del D.S. 44/2024 sin depender de plantillas genéricas.
Esto es lo que hacemos. Cada documento se contrata suelto o dentro de un plan anual, según en qué esté tu empresa. Todo empieza con un diagnóstico que define alcance, plazos y documentos a emitir. Lo que te entregamos —informes, matrices, procedimientos y registros de capacitación— está construido para resistir una revisión de la Inspección del Trabajo, la SEREMI de Salud, la SUSESO o tu organismo administrador.
Plan anual
Desde cero o poniéndote al día. Una mensualidad por 12 meses que incluye las visitas a terreno, el levantamiento de la documentación que te falte y la carpeta de fiscalización. Sin cobros aparte. Para empresas sin experto propio.
Documento puntual
Encargo acotado. Cualquiera de los documentos de este catálogo se contrata suelto, con alcance, plazo y valor definidos. Para empresas que ya tienen prevencionista y necesitan apoyo en un tema específico.
No todos aplican a todas las empresas: los protocolos de exposición, el reglamento interno y el de contratistas dependen de tu rubro y de cuántos trabajadores tengas. Arma tu caso más abajo y te decimos exactamente cuáles te exige la ley.
Matriz IPER por proceso y puesto
Identificación sistemática de peligros y evaluación de riesgos por proceso, puesto de trabajo y tarea crítica, con valorización probabilidad/consecuencia y definición de medidas de control conforme a la jerarquía normativa. Mira la guía de la Matriz IPER con la metodología exigida.
Recibes: matriz IPER y mapa de riesgos
Asesoría legal Ley 16.744 y D.S. 44/2024
Acompañamiento normativo en las obligaciones del empleador bajo el D.S. 44/2024 (Reglamento sobre Gestión Preventiva de los Riesgos Laborales, vigente desde el 1 de febrero de 2025, que derogó el D.S. 40 y el D.S. 54), implementación del Sistema de Gestión SST (SG-SST), redacción de procedimientos de trabajo seguro y cumplimiento de la Información de Riesgos Laborales (IRL, ex Derecho a Saber).
Recibes: informe de brechas y plan de cumplimiento
Reglamento Interno (RIOHS)
Elaboración y actualización del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad conforme al D.S. 44/2024, a la Ley Karin y a la jornada de 42 horas, listo para registrar ante la Dirección del Trabajo y la SEREMI de Salud y para entregar a cada trabajador con constancia de recepción. Mira la guía del RIOHS 2026 con el contenido mínimo exigido.
Recibes: RIOHS registrado ante la Dirección del Trabajo
Planes de emergencia y evacuación
Diseño de planes de emergencia conforme a D.S. 44/2024, D.S. 594 y NCh 1411, definición de zonas seguras, vías de evacuación, brigada interna y simulacros programados.
Recibes: plan de emergencia y acta de simulacro
Capacitaciones IRL y específicas
Programa anual de capacitación en uso de EPP, riesgos por puesto de trabajo, manejo manual de carga (Ley 20.949, que modifica la Ley 20.001), trabajo en altura, espacios confinados, primeros auxilios y RCP. Incluye las charlas de cinco minutos y el registro de asistencia que exige el fiscalizador.
Recibes: certificados y registro de asistencia firmado
Inspecciones y auditorías SST
Inspecciones planeadas en terreno, auditorías de cumplimiento normativo, levantamiento de no conformidades y plan de acciones correctivas con responsable y plazo, más el seguimiento mensual de los índices de frecuencia, gravedad y accidentabilidad.
Recibes: informe mensual de inspección
Protocolos de vigilancia del MINSAL
Aplicación de los protocolos que exige la SEREMI de Salud según el riesgo presente: CEAL-SM/SUSESO de riesgos psicosociales —que reemplazó al ISTAS 21—, TMERT-EESS de trastornos musculoesqueléticos, PREXOR de ruido, PLANESI de sílice y el de radiación ultravioleta. Incluye el plan de acción cuando el resultado sale en riesgo alto, que es donde la mayoría se queda a medio camino.
Recibes: informe del protocolo y plan de intervención
Accidentes: investigación, DIAT y accidente grave
Investigación del accidente con determinación de causas y medidas correctivas, apoyo en la DIAT y la DIEP ante el organismo administrador, y el procedimiento de accidente grave o fatal: suspensión inmediata de la faena, autodenuncia a la Inspección del Trabajo y a la SEREMI de Salud, y acompañamiento durante la fiscalización posterior.
Recibes: informe de investigación y plan de acción
Comité Paritario y Ley Karin
Constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad sobre 25 trabajadores: convocatoria, elección, actas, programa de trabajo y capacitación de sus integrantes. En Ley Karin, protocolo de prevención incorporado al RIOHS y procedimiento de denuncia e investigación con plazos, medidas de resguardo y remisión a la Dirección del Trabajo.
Recibes: actas constitutivas y protocolo aplicable
D.S. 67: la prevención que se paga sola
Cada dos años tu organismo administrador evalúa la siniestralidad efectiva de la empresa —los accidentes y días perdidos de los períodos anteriores— y dicta una resolución que rebaja, mantiene o recarga tu tasa de cotización adicional. La resolución se emite en noviembre de los años impares y rige desde enero del año siguiente, por dos años.
Para acceder a una rebaja o exención no basta con no haber tenido accidentes: hay que acreditar ante el organismo administrador el cumplimiento de las medidas preventivas exigidas, y el plazo para hacerlo vence el 31 de octubre. Acreditar después de esa fecha corre el beneficio varios meses.
En una empresa con dotación en terreno, la diferencia entre una tasa rebajada y una recargada suele ser mayor que el costo anual de la asesoría. Es el cálculo que te hacemos en el diagnóstico, con tus propias cifras, antes de que contrates nada.
Lo que ningún otro prevencionista te da
Tu documentación deja de vivir en un correo
Va incluida en los dos planes anuales. Es la diferencia entre una asesoría que te entrega un PDF y se va, y una donde el año completo de hallazgos, documentos y firmas queda ordenado y a mano.
Incluida en los planes anuales
Tu carpeta de fiscalización, en el teléfono
Cuando llega la Inspección del Trabajo no hay que buscar nada ni llamar a nadie: la documentación vigente de tu empresa está en el teléfono, ordenada como la pide un fiscalizador. La sesión queda amarrada al RUT de tu empresa, así que nadie ve la carpeta de otro.
Hallazgos con foto, responsable y plazoLevantados en terreno y cerrados con verificación, no en una planilla que nadie abre
Documentos siempre vigentesMatriz IPER, RIOHS, plan de emergencia y registros de capacitación, en su última versión
Carpeta lista para mostrarLo que pide un fiscalizador, agrupado y ordenado, sin armarlo a última hora
Programa de trabajo con avance realActividades con responsable, criticidad y plazo, y el porcentaje de cumplimiento recalculado solo
Tus indicadores y tu tasa del D.S. 67Frecuencia, gravedad y accidentabilidad, con el cálculo de qué pasa con tu cotización adicional
Va incluida en los dos planes anuales, sin costo adicional, y se habilita durante la puesta en marcha. No aplica a documentación puntual: ahí el documento se entrega y el trabajo termina.
Dos caminos, y cuál te toca depende de una sola cosa: si ya sabes qué documento te falta. Si lo sabes, el alcance está cerrado y te cotizamos al tiro. Si no lo sabes —o vas partiendo de cero— primero hay que verlo: el diagnóstico no tiene costo, y sin pisar la faena cualquier número sería inventado.
¿Prefieres hablar con alguien?
Déjanos tu nombre y cómo ubicarte. Te contactamos antes de 48 horas hábiles, sin que tengas que completar nada más.
Ahí te llega la carta de oferta
Con el correo o el teléfono basta
Con tu nombre y el correo o el teléfono es suficiente.
o dinos en qué estás y seguimos por ahí
1. ¿Cuál es tu situación?
2. Esto empieza por el diagnóstico
Para lo que nos dijiste no tiene sentido que un formulario invente un número. Vamos a ver qué tienes y qué te falta, y recién entonces cotizamos sobre algo real.
Te llevamos arriba, al formulario corto: con tu nombre y el correo o el teléfono basta.
2. Qué incluye partir desde cero
Todo lo que la ley te exige, con 20% de descuento por tomarlo completo, repartido en 12 mensualidades. No cobramos lo que no te aplica: el alcance se arma según tu rubro y tu dotación, así que una oficina no paga protocolos de sílice ni de ruido.
+ ¿Cuántas visitas a terreno al mes?
2. Tu asesoría mensual
El diagnóstico inicial no tiene costo: revisamos qué tienes y qué te falta. Pagas una sola mensualidad durante 12 meses, con el levantamiento de los documentos que falten ya repartido dentro. Sin cobros aparte.
+ ¿Cuántas visitas a terreno al mes?
2. Servicios a contratar
Marca lo que sabes que te falta. Va repartido dentro de la mensualidad, sin cobro aparte.
3. Tu empresa
Como aparece en el SII. Va en la carta de oferta
Cuenta a todos los que están en faena: propios, contratistas y transitorios
Direcciones distintas donde se ejecuta el trabajo
Define si hay visita a terreno y con qué frecuencia
4. Tipo de urgencia
Tu selección
Sin costo y sin compromiso. Te llega al correo dentro de las próximas horas hábiles.
Metodología estructurada en diagnóstico, plan de gestión y acompañamiento continuo, con documentos definidos en cada fase y revisión trimestral de indicadores.
1
Diagnóstico técnico
Visita en terreno, levantamiento de procesos y evaluación inicial de cumplimiento normativo.
Recorrido técnico en instalaciones
Revisión documental existente
Brechas frente al D.S. 44/2024 y protocolos aplicables
Informe de hallazgos y estimación del D.S. 67
2
Plan de gestión SST
Diseño del programa anual de prevención adaptado al riesgo específico de tu operación.
Matriz IPER por puesto
Programa anual de actividades
RIOHS y procedimientos de trabajo seguro
Cronograma de capacitaciones
3
Acompañamiento continuo
Ejecución del programa con presencia en terreno y reporte mensual de indicadores.
Inspecciones programadas
Charlas de cinco minutos e IRL
Investigación de incidentes y DIAT
Frecuencia, gravedad y accidentabilidad
Esto es lo que recibes en el diagnóstico
No es una llamada de ventas: es un informe escrito con las brechas de tu empresa frente a la norma vigente, priorizadas por riesgo y por plazo. Es tuyo, contrates o no después.
Brechas frente al D.S. 44/2024 y a los protocolos que te aplican
Qué documentos faltan y cuáles quedaron desfasados
Documentación que resiste una revisión, no carpetas llenas
La mayoría de las asesorías entrega un documento y se va. Estos son los cinco compromisos concretos que separan una asesoría que sirve en una fiscalización de una que solo llena archivadores.
01
Cada documento cita la norma en que se apoya
Matriz IPER, RIOHS y procedimientos indican el artículo o el decreto del que salen, para que puedas contrastarlo. Una plantilla descargada de internet describe riesgos que tu empresa no tiene y omite los propios: eso se nota en la primera visita del fiscalizador.
02
Metodología del ISP, no una tabla inventada
El D.S. 44/2024 remite a la Guía para la Identificación y Evaluación de Riesgos del Instituto de Salud Pública, versión 3. Construimos la matriz con esa metodología, con clasificación GEMA, riesgo residual y enfoque de género, que es exigencia expresa.
03
Te decimos cuándo no nos necesitas
Tu organismo administrador está obligado por ley a darte asistencia técnica sin costo. Si al terminar el diagnóstico concluimos que tu operación se resuelve con eso, te lo decimos y te explicamos cómo pedirlo. Perdemos un contrato y ganamos una recomendación.
04
Resultados medibles, no visitas a ciegas
Tasa de accidentabilidad, índices de frecuencia y gravedad, y porcentaje de avance del programa preventivo. Son los mismos números con los que tu organismo administrador decide, cada dos años, si tu cotización adicional sube o baja.
05
Conversas con quien hace el trabajo
No con un ejecutivo comercial que traslada la consulta. Si tienes un accidente grave un sábado, el que contesta es el que conoce tu faena y sabe que hay que suspender y autodenunciar de inmediato.
Primero te decimos qué te falta, después hablamos de precio
El diagnóstico técnico incluye visita a terreno, revisión documental y un informe con tus brechas frente al D.S. 44/2024 y a los protocolos que te aplican. No tiene costo y el informe es tuyo, contrates o no después.
La normativa chilena de seguridad y salud en el trabajo se reescribió entre 2024 y 2025: el D.S. 44 entró en vigencia el 1 de febrero de 2025 y dejó obsoleta buena parte de la documentación que hasta entonces bastaba. Estas son las obligaciones que concentran la mayor parte de las multas cursadas por la Inspección del Trabajo, y el punto de partida de cualquier asesoría que hagamos.
01
Ley 16.744 — Seguro de accidentes del trabajo
Establece el deber de protección del empleador y la afiliación a un organismo administrador (ACHS, IST, Mutual de Seguridad o ISL). Fija los umbrales de Comité Paritario de Higiene y Seguridad sobre 25 trabajadores y de Departamento de Prevención de Riesgos sobre 100, en empresas mineras, industriales o comerciales. De ella derivan también la DIAT y la DIEP, y el D.S. 67, que determina si tu cotización adicional sube o baja según tu siniestralidad.
02
D.S. 44/2024 — Gestión preventiva de riesgos
Vigente desde el 1 de febrero de 2025, derogó el D.S. 40 y el D.S. 54, ambos de 1969. Obliga a todo empleador a implementar un Sistema de Gestión de SST documentado, con identificación de peligros, evaluación de riesgos, programa de trabajo preventivo, procedimientos de trabajo seguro e Información de Riesgos Laborales (IRL), que sustituye al antiguo Derecho a Saber. Al derogar el D.S. 54, también reordenó las reglas del Comité Paritario.
03
Ley 21.643 — Ley Karin
Vigente desde agosto de 2024. Exige incorporar al RIOHS un protocolo de prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, más un procedimiento de denuncia e investigación con plazos y medidas de resguardo. Fiscaliza la Dirección del Trabajo.
04
D.S. 594 — Condiciones sanitarias y ambientales
Regula las condiciones básicas del lugar de trabajo: agentes físicos, químicos y biológicos, servicios higiénicos, ventilación, iluminación y límites de exposición. Es la base técnica de las inspecciones de la autoridad sanitaria.
05
Protocolos de vigilancia del MINSAL
Obligatorios según el riesgo presente en la operación y fiscalizados por la SEREMI de Salud: CEAL-SM/SUSESO para riesgos psicosociales —que reemplazó al ISTAS 21—, TMERT-EESS para trastornos musculoesqueléticos, PREXOR para ruido, PLANESI para sílice y el protocolo de radiación ultravioleta para trabajo a la intemperie. Cada uno tiene su propia periodicidad de aplicación y su propio plan de acción cuando el resultado sale en riesgo alto.
06
D.S. 67 — Cotización adicional diferenciada
Cada dos años tu organismo administrador evalúa la siniestralidad efectiva de la empresa y resuelve si rebaja, mantiene o recarga la tasa de cotización adicional. La resolución llega en noviembre de los años impares y rige desde enero siguiente. Es la única norma de este listado donde cumplir bien se traduce directamente en pagar menos.
Preguntas frecuentes
Dudas habituales antes de contratar
Las consultas que más nos hacen las empresas cuando revisan su situación de cumplimiento en seguridad y salud en el trabajo.
¿Mi empresa está obligada a contratar un prevencionista de riesgos?
Toda empresa, sin importar su tamaño, debe implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme al D.S. 44/2024.
La obligación de constituir un Departamento de Prevención de Riesgos dirigido por un experto aplica sobre 100 trabajadores en empresas mineras, industriales o comerciales, y el Comité Paritario de Higiene y Seguridad sobre 25 trabajadores, según la Ley 16.744.
Conviene una precisión que casi nadie hace: cuando la empresa está legalmente obligada a tener Departamento de Prevención, la Dirección del Trabajo ha señalado que esa función no se puede externalizar, el experto debe ser dependiente de la empresa, y ahí nuestro rol es de apoyo técnico externo, no de reemplazo. Bajo esos umbrales la asesoría sí puede tomarse de forma externa, que es la modalidad más habitual en Pymes.
¿Qué cambió con el D.S. 44/2024 respecto del antiguo D.S. 40?
El D.S. 44/2024 entró en vigencia el 1 de febrero de 2025 y derogó dos reglamentos de 1969: el D.S. 40, de prevención de riesgos profesionales, y el D.S. 54, de Comités Paritarios. Exige a todo empleador un Sistema de Gestión de SST documentado, con identificación de peligros y evaluación de riesgos, programa de trabajo preventivo, procedimientos de trabajo seguro y la Información de Riesgos Laborales (IRL), que sustituye al antiguo Derecho a Saber.
También refuerza la perspectiva de género en la gestión preventiva y la obligación de mantener registros verificables. En la práctica, la documentación que servía hasta 2024 quedó incompleta para una fiscalización actual.
¿Qué es la Matriz IPER y por qué me la piden?
La Matriz IPER identifica peligros y evalúa riesgos por proceso, puesto de trabajo y tarea crítica, y define las medidas de control según la jerarquía normativa: eliminar, sustituir, controlar por ingeniería, controlar administrativamente y, como último recurso, entregar EPP.
Es la base del Sistema de Gestión de SST y, normalmente, el primer documento que solicitan la Inspección del Trabajo y el organismo administrador del seguro cuando fiscalizan o investigan un accidente.
¿Cuándo debo tener y actualizar el RIOHS?
El Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad es obligatorio para las empresas con 10 o más trabajadores permanentes, según el Código del Trabajo, y debe entregarse a cada trabajador con constancia de recepción.
Se actualiza cuando cambian las condiciones de trabajo o la normativa aplicable. Los cambios recientes que obligaron a revisarlo en la mayoría de las empresas fueron la Ley 21.643 (Ley Karin), el D.S. 44/2024 y la jornada de 42 horas vigente desde abril de 2026. Lo detallamos en la guía de actualización del RIOHS.
¿Qué obliga la Ley Karin a mi empresa?
La Ley 21.643, vigente desde agosto de 2024, obliga a incorporar al RIOHS un protocolo de prevención del acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo.
Además exige un procedimiento de denuncia e investigación con plazos definidos, medidas de resguardo para la persona denunciante y capacitación al personal. La fiscalización corresponde a la Dirección del Trabajo.
¿Se puede rebajar la cotización adicional que paga la empresa?
Sí, y es el argumento más concreto de toda la prevención. El D.S. 67 obliga a tu organismo administrador a evaluar cada dos años la siniestralidad efectiva de la empresa y a resolver si rebaja, mantiene o recarga la tasa de cotización adicional. La resolución se emite en noviembre de los años impares y rige desde enero siguiente, por dos años.
Para acceder a una rebaja o exención no basta con no haber tenido accidentes: hay que acreditar ante el organismo administrador el cumplimiento de las medidas preventivas exigidas, y el plazo vence el 31 de octubre. En una empresa con dotación en terreno, la diferencia entre una tasa rebajada y una recargada suele superar el costo anual de la asesoría.
¿En qué comunas y regiones trabajan?
Operamos en Santiago. Las visitas a terreno en la Región Metropolitana son parte del servicio habitual: Santiago Centro, Providencia, Las Condes, Vitacura, Ñuñoa, Maipú, Pudahuel, Quilicura, San Bernardo y Puente Alto, entre otras comunas.
Fuera de la RM trabajamos con visita coordinada según la faena, en Valparaíso, Rancagua, Concepción, La Serena, Antofagasta, Calama y Puerto Montt. La parte documental se ejecuta a distancia sin importar la ubicación.
¿Trabajan con empresas pequeñas o solo con grandes operaciones?
Atendemos desde empresas de 5 trabajadores hasta operaciones con Comité Paritario, Departamento de Prevención y Reglamento Especial para Empresas Contratistas (RECE, D.S. 76).
El alcance, la periodicidad de las visitas y el valor se dimensionan según dotación, rubro y nivel de riesgo. Si además necesitas contabilidad, ambas áreas se coordinan con la misma información: revisa los servicios de contabilidad Pyme.
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Completa el formulario o contáctanos directamente. Te enviaremos una propuesta dimensionada a la dotación, rubro y nivel de riesgo de tu empresa antes de 48 horas hábiles. Si además necesitas contabilidad, indícalo en el formulario y cotizamos las dos áreas juntas.